Una lata de conserva puede salvar un aperitivo e incluso una comida o una cena, pero no a cualquier precio. La opacidad de la lata obliga al consumidor a creer en aquello que muestra su etiquetado, y hasta ahora la legislación permitía a las conserveras de pescados y mariscos ser poco precisas. Sin embargo, el Real Decreto 1082/2025 está haciendo que las cosas cambien.
El etiquetado español se ha refinado mucho desde aquella Norma de Calidad para el Mejillón, Almeja y Berberecho en conserva de 1985. Y desde este año todavía lo ha hecho más. Aunque todavía circulen latas de conserva de remesas anteriores a causa del tiempo prudencial que el gobierno ha permitido para evitar tanto pérdidas a la industria como el desperdicio alimentario, el etiquetado de las conservas desde 2026 es más claro que nunca: la denominación de los productos de la pesca y la acuicultura, así como su forma de conservación y de presentación, son hoy más claros y precisos que nunca.
Se han definido formas de presentación, conservación y preparación, dictaminando medidas, peso, especie y origen del caladero
De esta forma, se ha regulado qué se podrá llamar sardinilla y qué chicharrillo, qué es melva canutera y qué es pescadilla, dictaminando medidas, peso, especie y origen del caladero. Además, se han definido formas de presentación, conservación y preparación, es decir, el significado legal y las diferencias entre “troceado”, “desmigado”, “picado”, entre “filetes” y “corazones de filetes” o entre “migas” y “migajas”, por ejemplo. Por lo que respecta a la conservación, se aclaran las variaciones entre “salado”, “salpreso”, “en salazón”, “seco-salado” o “al punto de sal”, entre un total de 47 elaboraciones. La norma también revisa los términos que se refieren a partes de los productos de la pesca, como las “alas”, “bocas”, “rejos”, “patas”, “tentáculos” y otras secciones de peces, mariscos y crustáceos.
Cliente en un supermercado Judith de la Hinojosa / PropiasPara el biólogo marino y divulgador Arnau Subías esta actualización era más que necesaria. “No había transparencia por parte de las conserveras hacia el consumidor. No culpo a las conserveras de este hecho, aunque fuera decisión suya ser más transparentes, sino a la administración”. Subías describe cómo era posible ir al supermercado y comprar algo distinto a lo que indicaba la lata. “En una conserva etiquetada como zamburiñas, que es una especie muy valorada, podías encontrar vieiras del Pacífico cultivadas o volandeiras, que son una especie distinta. Pasaba también con las conservas de rodajas o trozos de pulpo o calamar muchas veces eran potón del Pacífico, una especie de calamar gigante”.
El biólogo se muestra satisfecho con la nueva norma aunque afirma que siempre hay espacio de mejora. “Para mí, el etiquetado de cualquier producto del mar, también en congelados y frescos, debería tener cuatro cosas esenciales. La primera, el nombre común oficial de la especie; la segunda, el nombre científico que identifica esta especie; la tercera, la zona de captura; y la cuarta, el arte de pesca con el que se le ha capturado. Esta actualización no implica estos puntos y sería una mejora incorporarlo”.
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La norma ha regulado tanto las denominaciones comerciales nacionales (a las que se sumarán, sin sustituirlas, las denominaciones regionales reconocidas que soliciten las comunidades autónomas) y las denominaciones de productos de la pesca y la acuicultura en conserva. Para ello tomarán tanto las denominaciones nacionales como el nombre científico que figura en el listado de la ASFIS (Aquatic Sciences and Fisheries Information System, por sus siglas en inglés) de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), que se publicarán anualmente, durante el trimestre de cada año, en el BOE.
“Un principio general de de la legislación alimentaria es ofrecer a los consumidores una base para elegir con conocimiento de causa los alimentos que consumen y evitar cualquier práctica que pueda inducir a engaño al consumidor”, recuerda el Real Decreto, y reconoce que el etiquetado es el principal medio de comunicación entre productores y consumidores, y una “herramienta clave para permitirles realizar elecciones informadas sobre los alimentos que compran y consumen”.
Del mismo modo, el nuevo etiquetado suma fuerzas con la Política Pesquera Común en pro de una pesca y acuicultura más eficientes y transparentes. Así, la voluntad es la de ofrecer al consumidor “una información clara y completa sobre el origen del producto y su modo de producción”, tanto para asegurar “un alto nivel de protección de la salud” como para garantizar “su derecho a la información”.
La norma se ha redactado por la Secretaría General de Pesca según los trámites habituales de consulta pública previa y de audiencia e información públicas, y se ha consultado con las comunidades autónomas y las entidades que representan a los sectores afectados.
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